DECRETO N� 14.723/92
POR EL CUAL SE EXTIENDE EL R�GIMEN ESPECIAL DE FACILIDADES PREVISTO EN
EL DECRETO N� 14.482/92 A TODOS LOS BENEFICIADOS POR LA LEY N� 60/90.
Asunci�n, 1� de Septiembre de 1.992.-
VISTO: El
Decreto N� 14.482/92 que
establece un r�gimen especial de facilidades de pago para contribuyentes del IVA
amparados por la Ley N� 60/90, y
CONSIDERANDO: Que es necesario extender dicho r�gimen a los
beneficiarios de la Ley N� 60/90 no
comprendidos en el Decreto de referencia.
POR TANTO,
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art�culo 1�.-
MODIFICACIONES. Sustit�yanse los Arts.
1� y
6� del
Decreto N�
14.482/92 por los siguientes:
Art�culo 1�.- FACILIDADES DE PAGO.
Quienes
se encuentran amparados por la Ley N� 60/90
e importen bienes del activo fijo para ser aplicados a la actividad beneficiada por la
mencionada Ley, podr�n abonar el IVA correspondiente a dicho acto haciendo uso del
r�gimen especial de facilidades de pago que se establece en el presente Decreto."
Art�culo 6�.- APLICACI�N DE LA CUOTA.
El importe pagado en cada cuota de las facilidades de pago otorgadas por el presente
r�gimen, excluidos los intereses o recargos que integren la misma, se deber� aplicar
como cr�dito fiscal en la liquidaci�n del IVA correspondiente al mes en que se realiz�
dicho pago."
Art�culo 2�- Comun�quese,
publ�quese y d�se al Registro Oficial.
Andr�s Rodr�guez
Juan Jos� D�az P�rez
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