Morinigo & Asociados
Menu
  • Home
  • La Empresa
  • Informaciones �tiles
  • P�gina Amigas
  • Contacto
Home>Informaciones �tiles

Bancos, Financieras, Seguros y Almacenes Generales de Dep�sito

Cronol�gico 1995

LEY N� 814/96

QUE AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY A CANCELAR LAS ACREENCIAS DE AHORRISTAS Y ACREEDORES DE LOS BANCOS Y DEM�S ENTIDADES FINANCIERAS INTERVENIDAS Y AL PODER EJECUTIVO A EMITIR BONOS

EL CONGRESO DE LA NACI�N PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Art�culo 1�.- El Banco Central del Paraguay proceder� a cancelar conforme al procedimiento establecido en la presente Ley, por intermedio de sus respectivos interventores en los bancos y financieras intervenidos hasta el 31 de diciembre de 1995, los documentos emitidos por dichas entidades sin registro contable, as� como los otros documentos suscritos por sus directores y administradores no contabilizados en las mismas, hasta la suma de G. 30.000.000 (Treinta millones de guaran�es) por persona f�sica o jur�dica, tom�ndose como un solo beneficiario aquel documento extendido a favor de m�s de una persona.

Art�culo 2�.- El Poder Ejecutivo emitir� y entregar� Bonos del Tesoro Nacional hasta cubrir el total de las sumas canceladas al Banco Central del Paraguay, conforme lo dispone el Art�culo 1� de esta Ley. Los bonos ser�n negociables, devengar�n intereses a una tasa equivalente a la inflaci�n anualizada al mes inmediato anterior al vencimiento, m�s un punto porcentual y tendr�n un plazo m�ximo de cinco a�os.

Art�culo 3�.- El Ministerio de Hacienda se subrogar� en todos los derechos y acciones que correspondan a los titulares de los cr�ditos cancelados y ejercer� todas las acciones legales tendientes a la recuperaci�n de los cr�ditos emergentes de esta Ley y que est�n constituidos en favor de los bancos y financieras referidas en el Art�culo 1� o de los miembros de sus respectivos directorios.

Art�culo 4�.- Los Bonos emitidos ser�n rescatados anualmente dentro del plazo establecido en el Art�culo 2� y ser�n imputados a Rentas Generales. El Ministerio de Hacienda tomar� los recaudos para ejecutar los bienes de quienes firmaron los documentos de cr�ditos y, solidariamente, los bienes de las propias entidades financieras cuyos administradores, directores o ejecutivos suscribieron dichos documentos.

Art�culo 5�.- La Comisi�n creada por Decreto N� 10.129/95 y los Interventores designados por el Banco Central del Paraguay en los Bancos y Financieras, deber�n elevar la n�mina de los acreedores, conforme con el procedimiento establecido por el Banco Central del Paraguay, el que dispondr� su pago inmediato hasta el monto se�alado en el Art�culo 1�. De existir cr�ditos rechazados, los afectados podr�n interponer recurso de reconsideraci�n ante el Banco Central del Paraguay dentro de los cinco d�as h�biles de notificados.

Art�culo 6�.- El Banco Central del Paraguay comunicar� al Poder Ejecutivo el monto total de los cr�ditos a ser abonados, a los fines de la emisi�n de los Bonos del Tesoro mencionados en el Art�culo 2� de esta Ley.

Art�culo 7�.- Comun�quese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable C�mara de Diputados a cuatro d�as del mes de diciembre del a�o un mil novecientos noventa y cinco, y por la Honorable C�mara de Senadores, sancion�ndose la Ley, de conformidad con lo establecido en el Art�culo 207 de la Constituci�n Nacional, a catorce d�as del mes de diciembre del a�o un mil novecientos noventa y cinco.

Juan Carlos Ramiez Montalbetti

Presidente H. C�mara de Diputados

 

Juan Carlos Rojas Coronel

Secretario Parlamentario

 

Milciades Rafael Casabianca

Presidente H. C�mara de Senadores

 

Tadeo Zarratea

Secretario Parlamentario

 

T�ngase por Ley de la Rep�blica publ�quese e ins�rtese en el Registro Oficial.

 

El presidente de la Rep�blica

JUAN CARLOS WASMOSY

 

Carlos Facetti

Ministro de Hacienda.

 


GENTILEZA DE: ALIANZA CONSULTORES

Asunci�n-Paraguay

Tel�fono: +(595 21) 453-212

�2009-2013 Morinigo & Asociados. Valois Rivarola 807 c/Washington, Asunci�n-Paraguay.
Telefax: (+595 21) 220 011 - 226 467 |
email: recepcion@morinigoyasociados.com
Desarrollo: Armoa Soluciones Web
WebMail | StatCounter