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LEY Nº 818/80

 

QUE ESTABLECE QUE LOS TRAMOS DE RUTAS NACIONALES COMPRENDIDOS DENTRO DE LOS LÍMITES DE LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN PASAN A FORMAR PARTE DE LOS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA MISMA.

 

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY:

 

Artículo 1º.- Los tramos de rutas nacionales comprendidos dentro de los límites de la Municipalidad de Asunción, pasan a formar parte de los bienes del dominio público de la misma. Dichos tramos serán determinados conjuntamente por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y la Municipalidad de Asunción.

 

Artículo 2º.- La Municipalidad de Asunción gestionará la mensura judicial correspondiente para la delimitación de los tramos referidos en el artículo anterior, y procederá posteriormente a la inscripción de los bienes resultantes en el Registro General de la Propiedad.

 

Artículo 3º.- El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones realizará en los mismos tramos de rutas, los trabajos de reacondicionamiento de la carpeta asfáltica de rodamiento y las obras de arte que fueren necesarias para la ejecución de los proyectos de mejoramiento encarados por la Municipalidad de Asunción, antes de que pasen al dominio de esta institución municipal.

 

El costo de estos trabajos será previsto en el Presupuesto General de la Nación correspondiente al mencionado Ministerio.

 

Artículo 4º.- La Municipalidad de Asunción se hará cargo del mantenimiento y regulación del uso de dichos tramos.

 

Los vecinos cuyas propiedades lindan con los mismos tramos quedan obligados al pago de los respectivos impuestos, tasas y contribuciones establecido en el régimen tributario para la Municipalidad de Asunción, a partir de la promulgación de esta Ley.

 

Artículo 5º.- Los trabajos mencionados en el artículo 3º de esta Ley, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, serán realizados con prioridad en las Avenidas Eusebio Ayala y José Felix Bogado, conforme a los proyectos elaborados por la Municipalidad de Asunción.

 

Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA.

 

LUIS MARIA ARGAÑA

VICE PRESIDENTE 1º

EN EJERCICIO CÁMARA DE DIPUTADOS

 

BONIFACIO IRALA AMARILLA

SECRETARIO PARLAMENTARIO

JUAN RAMON CHAVES

PRESIDENTE CÁMARA DE SENADORES

 

CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO

SECRETARIO GENERAL

 

Asunción, 13 de octubre de 1980

 

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial

 

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

GRAL. DE EJERCITO ALFREDO STROESSNER

 

SABINO A. MONTANARO

MINISTRO DEL INTERIOR

 


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