RESOLUCI�N N� 97/92
POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LAS CUOTAS DE
FACILIDADES DE PAGO.
Asunci�n, 17 de Agosto de 1992.
VISTO: La Resoluci�n N� 87/92 por la
cual se reglamenta el r�gimen de pr�rrogas y facilidades de pago de los impuestos
fiscales internos y
CONSIDERANDO: Que resulta necesario fijar la fecha de vencimiento para
el pago de las cuotas correspondientes a los planes de facilidades de pago que se otorguen
bajo el r�gimen de la citada Resoluci�n.
POR TANTO,
EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACI�N
RESUELVE:
Art�culo 1�- F�jase el d�a 15
(quince) de cada mes como fecha de vencimiento para el ingreso de las cuotas de planes de
facilidades de pago que se otorguen bajo el R�gimen de la Resoluci�n
N� 87/92.
Art�culo 2�- La primera cuota de
los planes de facilidades otorgados vencer� de acuerdo al siguiente detalle:
a) El d�a 15 (quince) del mes de notificaci�n al contribuyente, cuando esa
circunstancia ocurra entre el d�a 1 (uno) y el d�a 11 (once) , ambos inclusive.
b) El d�a 15 (quince) del mes siguiente al de notificaci�n al contribuyente, cuando
dicha circunstancia ocurra entre el d�a 12 (doce) y el �ltimo d�a del mes, ambos
inclusive.
Las restantes cuotas vencer�n los d�as 15 (quince) de los meses siguientes al
establecido para la primera cuota.
Art�culo 3�- Para el pago de las
cuotas los contribuyentes deber�n dirigirse a la dependencia de la S.S.E.T. que
corresponda, a fin de que les sea confeccionado el formulario N� 808 "Comprobante de
Pago", a trav�s del cual efectuar�n el ingreso.
Art�culo 4�- Comun�quese a quienes
corresponda y cumplido, arch�vese.
Dr. Rub�n Ram�n Lovera
Sub Secretario de Estado de Tributaci�n
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