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Derogado por la Resolución Nº 763/04

RESOLUCIÓN N° 279/96

 

    MODIFICA EL NUMERAL 1.- DE LA RESOLUCIÓN CNV N° 111/94, QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 45 DE LA LEY N° 94/91, MODIFICADO POR LA LEY N° 210/93, RELATIVO A PORCENTAJE MÍNIMO DE ACCIONES COMPUTABLES PARA DETERMINAR LA PARTICIPACIÓN REQUERIDA EN EL CAPITAL DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS EMISORAS DE CAPITAL ABIERTO (S.A.E.C.A.).-

  

Asunción, 06 de agosto de 1996.-

 

VISTOS: Las Leyes Nº 94/91, 210/93 y 548/95, y el Decreto N° 13.467/92; y,

 

CONSIDERANDO:

1) Que es atribución de la Comisión Nacional de Valores variar en más o en menos la cantidad y los porcentajes exigidos a las S.A.E.C.A. en la composición de su capital integrado.

 

2) Que dicha facultad busca dotar a la Autoridad de un mecanismo idóneo, ágil y oportuno para acompañar el auspicioso desarrollo actual de la Bolsa de Valores y la creciente apertura de las empresas hacia la participación del público en su capital accionario;

 

3) Que el mínimo vigente para el cómputo de los accionistas en su participación en el capital de la empresa, dificu1ta su cumplimiento dado el acelerado incremento del capital exigido por el los artículos 11 y 24 de la Ley N° 548/95;

 

POR TANTO, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Valores, en uso de sus atribuciones legales,

 

RESUELVE:

 

1°. - Modificar el numeral 1. - de la Resolución N° 111/94, que reglamenta el artículo 45 de la Ley N° 94/91, modificada por la Ley N° 210/93, cuya redacción en adelante será la siguiente:

 

"Definir que Sociedad Emisora de Capital Abierto es aquella en la cual por lo menos treinta y cuatro (34) personas son titulares de acciones ordinarias y/o preferidas nominativas que representen por lo menos el diez por ciento (10 %) del capital integrado.

 

Para determinar este porcentaje no se computarán las acciones de los accionistas que, individualmente, tuvieren la propiedad de menos del cero veinte por ciento (0,20 %) del capital integrado. "

 

2.- Comuníquese a quienes corresponda y cumplido, archívese.

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN

 

FDO:   HERMAN VELILLA GARCÍA, Presidente

MARIO RUBÉN CIBILS, Miembro del Consejo

MIGUEL ÁNGEL ACOSTA, Miembro del Consejo

EXPIDIO PALACIOS, Miembro del Consejo

 

 

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