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Cronológico 1999

LEY Nº 1.519/99

 

 QUE MODIFICA EL ARTICULO 7° DE LA LEY N° 1094/97 "QUE AUTORIZA AL CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI) A ADOPTAR COYUNTURALMENTE MODALIDADES OPERATIVAS PARA PAGOS DE CUOTAS VENCIDAS Y DE AJUSTE DE SALDOS EN ADJUDICACIONES DE VIVIENDAS ECONÓMICAS Y VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL"

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 7° de la Ley N° 1094/97 "QUE AUTORIZA AL CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI) A ADOPTAR COYUNTURALMENTE MODALIDADES OPERATIVAS PARA PAGOS DE CUOTAS VENCIDAS Y DE AJUSTE DE SALDOS EN ADJUDICACIONES DE VIVIENDAS ECONÓMICAS Y VIVIENDAS DE INTERES SOCIAL", el que queda redactado como sigue:

"Art. 7°.- Los beneficios acordados en los Artículos 3°, 4° y 5° de la Ley N° 1094/97, regirán para los contratos vigentes de unidades habitacionales adjudicadas por el Consejo Nacional de la Vivienda y para los contratos de préstamos para compra, construcción, ampliación o mejoras de viviendas en lote propio, otorgados directamente o a través de asociaciones, cooperativas y sindicatos".

Artículo 2°.- Durante la vigencia de esta ley quedan sin efecto las normas que se le opongan.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a seis días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 206 de la Constitución Nacional.

 

Pedro Efraín Alegre Sasiain

Presidente

H. Cámara de Diputados

 

Eduardo Acuña

Secretario Parlamentario

Juan Carlos Galaverna D.

Presidente

H. Cámara de Senadores

 

Ada Solalinde de Romero

Secretaria Parlamentaria

 

Asunción, 13 de diciembre de 1999

 

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

 

El Presidente de la República

Luis Ángel González Macchi

 

Federico A. Zayas Chirife

Ministro de Hacienda

 

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