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RESOLUCIÓN Nº 135/04

POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN Nº 266 DE FECHA 03 DE JUNIO DE 2000, Y EL ARTÍCULO 5º DE LA RESOLUCIÓN Nº 81 DE FECHA 09 DE MARZO DE 2001.

Asunción, 25 de mayo de 2004

VISTO: La Resolución Nº 266 del 13 de junio de 2000 y el Artículo 5º de la Resolución Nº 81 del 9 de Marzo de 2001; y,

CONSIDERANDO: Que los adelantos tecnológicos en el área de la informática, posibilitan a la Administración Tributaria la utilización de la Red Internet para la provisión y difusión de informaciones útiles para los contribuyentes e interesados.

Que, en tal sentido se ha procedido a la firma de un acuerdo con el gremio afectado, en el cual se establece el intercambio de información relacionado con la expedición de Certificados de Cumplimiento Tributario y Constancias de No Ser Contribuyente, en virtud del cual resulta necesario la derogación de las disposiciones citadas en el visto precedente.

POR TANTO,

EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Art. 1º.- DEROGACIÓN - Derogar la Resolución Nº 266 de fecha 13 de junio de 2000 y el Articulo 5º de la Resolución Nº 81 de fecha 9 de Marzo, de 2001, quedando sin efecto a partir de la vigencia de la presente Resolución, el cumplimiento de la obligación formal de presentar los informes mencionados en las Resoluciones citadas.

Art. 2º.- Los Contribuyentes afectados por la Resolución Nº 266/00 y modificaciones, que no han procedido la presentación de los citados informes en el tiempo y forma o que lo hayan realizado fuera del plazo previsto para el efecto, deberán aplicar en concepto de contravención guaraníes cincuenta mil (Gs. 50.000) por cada período vencido.

Art. 3º.- Publicar, comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.

ANDREAS NEUFELD TOEWS
VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN
 

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